miércoles, 28 de septiembre de 2016

Histórica condena internacional por la destrucción de patrimonio de la humanidad

Ahmad Al Faqi al Mahdi
La Corte Penal Internacional de La Haya condenó a nueve años de prisión al yihadista que dirigió la destrucción de templos sagrados medievales en Tombuctú, Mali.

Por primera vez en su historia, la Corte Penal Internacional de La Haya (CPI) condenó hoy a un acusado por la destrucción de monumentos patrimonio de la humanidad, un delito considerado crimen de guerra.
La Sala VIII de la CPI condenó hoy a nueve años de prisión a Ahmad Al Faqi al Mahdi, el yihadista que dirigió la destrucción de templos sagrados medievales patrimonio de la humanidad en Tombuctú, Mali, a nueve años de prisión por crímenes de guerra en un fallo judicial sin precedentes.
Al Mahdi lideró en 2012 los ataques contra varios monumentos en Tombuctú, declarados Patrimonio de la Humanidad por la Unesco, y participó de su destrucción, sentenciaron los jueces.
Es la primera vez que la Corte Penal Internacional condena a un acusado por destrucción de patrimonio cultural, considerado crimen de guerra en el derecho penal.
Achmad al Mahdi al Faqi, alias "Abu Turab", ante la Corte Penal Internacional (CPI) en La Haya. AP
Achmad al Mahdi al Faqi, alias "Abu Turab", ante la Corte Penal Internacional (CPI) en La Haya. AP
Al Mahdi había reconocido su implicación en los hechos, y sus abogados habían negociado que la pena oscilaría entre nueve y once años de prisión, en cuyo caso no recurrirían el fallo.
"Al Mahdi coordinó los ataques y dio instrucciones para su destrucción", dijo el juez al dar lectura al fallo. En particular, "se implicó activamente en el derribo de los mausoleos, así como en su supervisión".
El juez subrayó que "todos estos eran objetivos religiosos, no militares", lo que constituye un crimen de guerra según los estatutos de la CPI.
Fotografía cortesía de la ONU sin datar del minarete de una mezquita realizado a base de barro en Tombuctú.. DPA
Fotografía cortesía de la ONU sin datar del minarete de una mezquita realizado a base de barro en Tombuctú.. DPA
Entre las circunstancias atenuantes tenidas en cuenta a la hora de decidir la condena se incluye asimismo la colaboración con la Fiscalía, los remordimientos demostrados, las reticencias iniciales a participar en el derribo de los edificios y el "buen comportamiento" de Al Mahdi durante el juicio.
La sentencia al líder islamista radicalizado, también conocido como "Abu Turab", tuvo en cuenta hasta cinco circunstancias atenuantes, incluida la admisión de culpabilidad de Al Mahdi, explicó al leerla el juez filipino Raul Cano Pangalangan, que preside la Sala VIII de la CPI.
Al Mahdi admitió haber ordenado la destrucción intencionada denueve mausoleos y la puerta de la mezquita de Sidi Yahya en Tombuctú, así como de participar activamente en algunos de esos ataques. Explicó que, según la interpretación que entonces hacía del Islam, en esos templos tenían lugar prácticas idolátricas que violaban la sharia (ley islámica).
El yihadista, tuareg nacido en una localidad a 100 kilómetros de Tombuctú, fue entregado a la CPI por las autoridades de Níger el 25 de septiembre de 2015, tras una orden de detención emitida por la corte contra él días antes.
En enero de 2012 comenzó en Mali un conflicto armado durante el cual la ciudad de Tombuctú estuvo bajo el control de varios grupos terroristas, incluido Al Qaeda en el Magreb Islámico (AQMI) y Ansar Al Din.